Lima 18 de Julio de 2016
Señores Decanos Regionales del Colegio de Profesores del Perú.
Señores Directores, Profesores, Padres de Familia de las Instituciones Educativas del País.
Estimados colegas y amigos.
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes para hacerles llegar nuestros amables y cordiales saludos, así mismo desearles a todos hoy día lunes que iniciamos una nueva semana de labores Escolares - Docentes que sea de muchos éxitos y alegría escolar.
Hoy quiero compartirles documentos importantes de normas legales publicadas en el Diario Oficial El Peruano: El Decreto Supremo
Nº 159 - 2016 - EF , que modifica los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 226 - 2015 - EF , que establece el monto, criterios y condiciones de la remuneración mensual, las bonificaciones por condiciones especiales de servicio y las vacaciones truncas a otorgarse al Profesorado contratado en el marco del contrato de servicio Docente.
Por su parte y como consecuencia del presente Decreto Supremo el Ministerio de Educación a generado el Oficio Múltiple Nº 052 - 2016 - MINEDU de fecha 4 de Julio 2016 dirigido a todos los Directores Regionales de Educación y a todos lo Directores de Unidades de Gestión Educativa local de todo el Territorio Nacional. El Oficio está firmado por: Miguel Cardenas Huayllasco, Director Técnico Normativo de Docentes del Ministerio de Educación.
Apreciados colegas y amigos, en la parte inferior y final de esta nota previa te envió un LINK que contiene las normas, un archivo adjunto que contiene el oficio múltiple, abrir y leer para que estemos bien informados, y al mismo tiempo reenviar a todos los Profesores de tu Región y de tus redes sociales, Los Maestros del Perú, debemos estar bien informados y unidos para reclamar.
Me despido con un fraternal abrazo de tu colega y amigo.
Manuel Rodríguez Rodríguez
Presidente de la Asociación Nacional para el Desarrollo de la Inteligencia la Creatividad y el Talento. (ANDESICREAT-PERÚ)
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