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viernes, 13 de noviembre de 2009

FALLO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL¬: ¡VADE RETRO¡ -

Mensaje

: *Por: Ibis Fernández Honores- Sec. Mujer y Equidad de Género del MNI. El fallo del Tribunal Constitucional de suspender la entrega gratuita de la píldora del día siguiente por el Ministerio de Salud ha sido rechazado mayoritariamente por las mujeres del pueblo peruano y la sociedad civil, así lo expresa una última encuesta: el 70% respalda la AOE. En un contexto político, económico y social que afecta especialmente a las mujeres por los impactos negativos del fallo del TC, en un asunto de salud pública, derechos humanos y equidad con justicia social. Una de las más importantes conquistas de las mujeres son sus derechos sexuales y reproductivos y la lucha por su aplicación integral, entre ellos, la planificación familiar y paternidad responsable, anticoncepción oral de emergencia, despenalización del aborto, protocolo nacional de atención del aborto terapéutico legal desde 1924, destierro de todo tipo de esterilización forzada, así justicia y reparación. La Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE) está amparada en numerosas investigaciones y en la opinión calificada de organismos científicos, instituciones nacionales como la Defensoría del Pueblo, el Colegio Médico y la Academia Peruana de la Salud, e internacionales, como la Organización Panamericana de la Salud (OPS), la Organización Mundial de la Salud (OMS), las que han señalado que la AOE no es abortiva. Actualmente las "píldoras del día siguiente" se venden entre 25 y 30 soles, incluso sin receta médica. El fallo del TC es discriminatorio, porque divide al país en dos partes, es decir, entre las mujeres que pueden adquirir por su capacidad económica este método anticonceptivo y las mujeres pobres (tal como está demostrado por los datos del Ministerio de Salud en que la mayor parte de distribución se ha dado en zonas de la sierra y selva). Además, hay que recordar que existe un porcentaje del 13% de maternidad adolescente, con el agravante que en la Maternidad de Lima y otros centros hospitalarios, se observa a chicas menores de 18 años en su mayoría o en gran porcentaje que tienen situaciones de embarazos no deseados, producto o de abuso sexual o de una relación temprana que muchas veces se debe a que salen de su casa por la violencia y en general hoy en día las mujeres que están en los asentamientos humanos y cordones de pobreza o trabajadoras del hogar que las traen de las provincias con engaños y son víctimas de violencia sexual; se quedarían desprotegidas. El fallo del TC es cómplice de presiones de fuerzas conservadoras y fundamentalistas eclesiásticas que no saben lo que significa sufrir violencia contra la integridad de una mujer, solo pregonan un puritanismo que no practican; también están haciendo el juego a sectores autoritarios de las Fuerzas Armadas, al gobierno aprista nuevamente implicado en violaciones de derechos humanos, todos ellos interesados en que este organismo "autónomo" de control constitucional desaparezca como lo han vuelto a plantear. El principio de laicidad del Estado ha sido vulnerado como garantía del respeto a los derechos humanos de las mujeres y que obedece a características de un Estado confesional; existen los llamados poderes fácticos y sus hilos conducen hasta el Vaticano y la ONG Católica "Alas sin Componenda" que mantienen campañas antiaborto a nivel mundial, una dirigida a la ONU y otra a los Congresos o Parlamentos especialmente en los países mayoritariamente católicos como el nuestro… no es casual el programado viaje de Alan García al Vaticano. ¿Qué hacer? Interponer una Acusación Constitucional contra los magistrados del TC que ya en el 2006 fallaron de manera contraria a lo que están fallando ahora, emitieron una sentencia ordenando al Ministerio de Salud la distribución gratuita, pero además se pronunciaron sobre el carácter anticonceptivo de la AOE y porque, evidentemente, han cometido una infracción a la Constitución, básicamente de los artículos generales que tiene la Constitución Política, uno de ellos aquel que vulnera el derecho a la no discriminación, también estarían atentando al artículo 6˚ que señala que el Estado tiene una política nacional de población y uno de sus considerandos o derechos está el de ejercer una maternidad o paternidad libre y responsable. Asimismo, atenta contra la política nacional de salud que además señala la misma Constitución que está a cargo del Poder Ejecutivo, el cual debe normar como hacer llegar la salud a todas y todos. Todas las mujeres peruanas, especialmente, las de menos recursos hemos sido afectadas y es nuestro deber enmendarle la plana al TC. Obviamente, la infracción constitucional está más que clara, el TC no ha sido consecuente con sus primeros criterios al resolver contrariamente. Cuando una vez que el TC se pronuncia sobre el caso en el fondo, que de hecho se pronunciaron el 2006, tres años después no pueden desdecirse, las mujeres no podemos tolerar estar al vaivén, humores, estado de ánimo o presiones no santas del TC… ¡VADE RETRO¡ Lima, 11 de Noviembre de 2009.
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