ACUERDOS DE LA V ASAMBLEA NACIONAL DEL SUTEP
LIMA, 24 DE JULIO DEL 2010
PLATAFORMA Y PLAN DE LUCHA
I.- FUNDAMENTACIÓN
El proyecto de elitización de la educación del gobierno aprista continúa en marcha, con el denominado Colegio Mayor “Presidente de la República” a la cabeza, institución que se convertirá en el futuro en el colegio de los hijos de la clase dominante del país, ahora ampliados al norte y sur del país; este colegio albergará a un reducido número de estudiantes que por lo visto tendrán las mejores comodidades con una infraestructura preparada para esos fines; en segundo lugar estarán los llamados Colegios emblemáticos ubicados en la capital de la república y algunas capitales regionales que cumplirán con los mismos objetivos y finalmente los colegios municipalizados para el resto de niños del país que continuarán en colegios de pésima calidad sin una infraestructura e implementación adecuadas; mientras tanto luego de 6 meses de iniciado el año escolar existen 7 mil plazas docentes validadas sin ser cubiertas por contrato y 200 mil niños sin profesor en todo el país por falta de presupuesto a pesar que se ha emitido el DU Nº 040-2010 que financia presupuesto solamente para 3882 plazas pero recortando presupuesto de los gobiernos regionales.
Los padres de familia continúan asumiendo y ahora con mucha mayor intensidad, los gastos escolares de sus hijos, que cada año es mayor debido al alza del costo de vida. Los maestros continuamos en las mismas condiciones de abandono y marginación sin aumento de sueldo, sin ascenso de nivel, sin el reconocimiento de los derechos contemplados en la ley del profesorado, con una deuda histórica que el gobierno no quiere asumir como el pago del 30% por preparación de clases, bonificación por luto y sepelio de acuerdo a ley, bonificación por cumplimiento de 20, 25 y 30 años de servicio, incremento del IGV, etc; deuda que se incrementa cada año y que es una obligación por parte del sindicato exigir su cancelación.
El SUTEP continúa con la campaña de esclarecimiento al magisterio sobre la importancia de no renunciar a los derechos conquistados con la Ley del Profesorado, promoviendo la no inscripción al proceso de incorporación a la desfinanciada Ley 29062 convocada por 2ª vez el presente año según la R.M. Nº 131-2010-ED resaltando que esta ley esta desfinanciada o tiene financiamiento temporal por parte del MEF.
En estas circunstancias, se hace urgente que el SUTEP asuma con firmeza la tarea de involucrarse en la construcción, junto al pueblo, del triunfo de propuestas y alternativas dentro del proceso político electoral municipal y regional que acumule una fuerza política de cambio hasta llegar a la solución definitiva del abandono de la escuela pública y la profesión docente; El SUTEP no abandonará todo tipo de lucha: desde la mesa de diálogo hasta la lucha directa de masas que ha puesto en iniciativa al SUTEP, pero que son insuficientes sino construimos una solución desde la política que genere mayor confianza en el sector más grande e importante del país: el magisterio.
Además necesitamos involucrarnos en el triunfo electoral del Colegio de Profesores del Perú, contra las listas y candidatos continuistas, tránsfugas y peseteros, para lo cual debemos impulsar una campaña electoral integral y de propuestas para acceder a este espacio de representación.
II.- EJES DE TRABAJO
3.1.- Levantar como bandera de lucha el pago de la deuda histórica morosa que tiene el Estado con el magisterio y que los gobiernos que pasaron por la administración del país no lo asumieron en cuanto a: subsidio por luto y sepelio; bonificaciones por preparación de clases, cumplimiento de 20, 25 y 30 años de servicio, incremento de IGV, etc.
3.2.- Considerar como eje fundamental de la lucha del magisterio y la clase trabajadora EL AUMENTO DE SUELDOS Y PENSIONES de acuerdo a la canasta básica familiar y el alza de costo de vida.
3.3.-Asumir la campaña del proceso electoral del CPPe y garantizar el triunfo electoral en el colegio de profesores contra las listas y candidatos continuistas, transfugas y peseteros.
3.4.-Continuar con el impulso de eventos previos (Convenciones y Congresos regionales) del III Congreso Pedagógico Nacional que debe constituir un evento donde se discutan las propuestas del magisterio peruano como parte de su lucha por una nueva educación para nuestra patria.
3.5.- LUCHA FRONTAL CONTRA LA CORRUPCIÒN venga de donde venga, denunciando cada caso por todos los medios de información y formulando las denuncias respectivas en prevención del delito en las sedes del Ministerio Público y el Poder Judicial.
3.6.- Trabajo de organización y fortalecimiento del SUTEP en todas las regiones con la integración de los maestros jóvenes y de las mujeres docentes, asignándoles responsabilidades en comisiones de representación, planificando eventos de formación política, pedagógica y sindical.
III.- PLIEGO DE RECLAMOS
a.- Derechos económicos.
1. Establecimiento del Sistema Único de Remuneraciones para el Sector Público.
2. Aumento y homologación de remuneraciones para el sector educación. Piso salarial del 60 % de la UIT.
3. Bonificación por familia, refrigerio y movilidad, equivalente al 5% de la remuneración total por cada concepto.
4. Subsidio por luto de cinco (05) remuneraciones totales al fallecer el profesor(a) y tres (03) totales por fallecimiento del cónyuge, hijos, padres y/o hermanos.
5. Bonificación del 15% de la remuneración total para los docentes que obtengan el grado de maestría o doctorado en educación. Pago por maestría según D.S Nº 081-2006-EF.
6. Inmediato cumplimiento del Art. 18º de la Ley del Profesorado – Ley Nº 24029, en el que se establece el pago por las horas extras adicionales a las 24 horas pedagógicas.
7. Inmediato cumplimiento del Art. 48º de la Ley del Profesorado – Ley Nº 24029, mediante el cual se señala que “El profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total”.
8. Nivelación de la bonificación comprendida en el Decreto Supremo Nº 261-91-EF del 05 de noviembre de 1991 que otorgó una Bonificación Excepcional del monto originado del 1% del Impuesto General a las Ventas (IGV), distribuido en forma equitativa entre los trabajadores activos y cesantes, docentes y no docentes de los Programas Presupuestales integrantes del Pliego del Ministerio de Educación, Direcciones Departamentales de Educación y Unidades de Servicios Educativos a cargo de los Gobiernos Regionales; así como de los Organismos Públicos Descentralizados del Sector Educación.
9. Cumplimiento de lo establecido en el Art. 51° y Art. 52º de la Ley del Profesorado Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212 (Subsidio por Luto y Bonificación por Tiempo de Servicio), en concordancia con los Arts. 212º, 213º, 222° y siguientes del Reglamento de la Ley del Profesorado – D.S.Nº 19-90-ED, teniendo en consideración lo resuelto por la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República mediante Sentencia del 07 de septiembre de 2007 en el proceso de Acción Popular del Expediente Nº A.P. Nº 438-2007 al cálculo de acuerdo a la remuneración integra.
10. Pago de una remuneración total como compensación por tiempo de servicio (CTS) por cada año.
11. Pago puntual y desde el 1er día del contrato de los haberes a los docentes contratados. Pago de la bonificación por escolaridad a los contratados.
12. Pago de bonificaciones por zonas diferenciadas para todo el magisterio independientemente de su condición laboral.
13. Bonificación por riesgo de salud equivalente al 20% de la remuneración total.
14. Remuneración para los directores, subdirectores y personal jerárquico de las Instituciones Educativas, equivalentes a las escalas F-5 y F-3 respectivamente de la administración pública.
15. Distribución del 30% del canon aduanero y minero, entre otros, para el sector educación (FONDEP). Participación del SUTEP en las comisiones encargadas para este fin.
16. Pago de la bonificación especial (D.S. 065-2003-ED) a las docentes coordinadoras, según la ley del profesorado 24029 y su modificatoria 25212 y el D.S. 19-90- ED, Art. 31º.
17. Pago de remuneración básica por concepto de vacaciones de acuerdo al Reglamento de la ley del profesorado Art. 218, aprobado por D.S. 019-90-ED.
18. No descuento de haberes en los meses de julio y diciembre, salvo por decisión de mandato judicial, según D.S. 019-90-ED.
19. Reconocer como pensionables las bonificaciones incrementadas como producto de la VIII Huelga Nacional del magisterio peruano. No al recorte de estos incrementos al momento del cese y/o jubilación.
b.- Derecho de condiciones de trabajo.
1. Cumplimiento de la ley del Profesorado 24029, su modificatoria 25212 y su Reglamento D.S. 019-90-ED.
2. Cumplimiento de los acuerdos arribados en los tratos directos y como consecuencia de la VIII y IX huelga nacional del magisterio peruano.
3. Vigencia del D.L 20530 y ampliación para los diversos sectores de trabajadores.
4. Derogatoria del DL 25897 del Sistema Privado de Pensiones y la ley 26504 que eleva a 65 años la edad de jubilación para varones y mujeres.
5. Pago integro de las remuneraciones a cargo del Estado a los profesores que cubren licencias por enfermedad y maternidad como lo establece la ley del profesorado.
6. Nulidad de la Resolución Nº 0101-2009-ED mediante el cual se aprueban los “Lineamientos para la Evaluación y Racionalización de plazas de Educación Básica y Técnica Productiva del Sector Público”, por vulnerar el inciso a) del Art. 13º de la Ley Nº 24029, modificada por Ley Nº 25212 – Ley del Profesorado, y el Art. 33º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED – Reglamento de la Ley del Profesorado, en concordancia con lo establecido los Arts. 233º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED y el Art. 28º de la Resolución Ministerial Nº 1174-91-ED – Reglamento de Reasignaciones y Permutas del Profesorado. Además contravenir los Arts. 22º y 23º de la Constitución Política del Estado (Derecho al Trabajo y Protección estatal al trabajo) y el Art. 26º de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica (principio de progresividad), y el Art. 51º y el Inc. 8) del Art. 118º de la Constitución Política del Estado. En consecuencia, conforme a lo establecido en la parte in fine del Art. 81º del Código Procesal Constitucional.
7. Respeto a la carga docente según las recomendaciones de la UNESCO: 25 alumnos por aula.
8. Mejoramiento de las condiciones de trabajo, salud y alimentación, para los docentes y estudiantes.
9. Creación de un fondo especial para la construcción de viviendas y el transporte de los profesores que trabajan en lugares alejados de la sierra y la selva.
c.- Derechos profesionales y de trabajo.
1. Cumplimiento de lo establecido en los Arts. 53° y siguientes de la Ley del Profesorado – Ley Nº 24029 (modificada por la Ley Nº 25212) referidos a la reasignación y destaque de los docentes a nivel nacional. El Art. 53° señala lo siguiente: “La reasignación del profesorado se efectúa en los términos y condiciones que señale el Reglamento, previa publicidad de las plazas disponible. Para desempeñar un cargo de confianza, de los establecidos en el Capítulo IV, Título III del Decreto Legislativo N° 217, se requiere como mínimo tener título de profesor y haber desempeñado la función docente oficial por un tiempo no menor de 15 años de servicios los varones y 12.5 años las mujeres. El nombramiento no está sujeto a ningún otro requisito. Al dejar el cargo de confianza se reintegrará al que tenía en la Carrera Pública del Profesorado.
2. Cumplimiento con lo establecido en los Arts. 42º, 43º y 44º de la Ley Nº 24029 – Ley del Profesorado que señala el mecanismo para el sistema de Ascensos en los Cinco Niveles de la Carrera del Profesorado. Dejar sin efecto el Oficio Múltiple Nº 065-2007-ME/SG-OGA-UPER.
3. Implementación de servicios médicos, sicológicos y asistencia social en las instituciones educativas como complemento de la labor docente.
4. Reconocimiento automático hasta por cinco (05) años de estudio como tiempo de servicio para los profesores cuyo currículo de formación profesional contemple dicho número de años en dicha formación, y respeto de dicha acumulación en el cálculo del tiempo de servicios definitivos para sus pensiones.
5. Derogatoria del DL 882 que autoriza la creación y funcionamiento de institutos pedagógicos privados, academias e instituciones educativas no escolarizadas, por atentar contra la calidad, gratuidad y universalidad de la educación pública.
6. Cumplimiento de lo establecido en la Ley del Profesorado – Ley Nº 24029 modificada por Ley Nº 25212 en relación al ingreso a la Carrera Pública Magisterial de profesores con nombramiento interino, personal administrativo y auxiliares de educación a cargos docentes. Nombramiento de acuerdo a la Ley del Profesorado.
7. Auditoria integral a los procesos de evaluación para concurso de nombramiento docente. Se dé a conocer, cuánto costó la elaboración de los exámenes que carecen de validez y confiablidad, por el grado de corrupción e inmoralidad y de criterio técnico, científico y pedagógico. Dejar sin efecto la nota 14 como mínima aprobatoria para el Ingreso a la carrera Publica magisterial, entre otros.
d.- Derechos democráticos y sindicales.
1. Derogatoria del Decreto Supremo N° 001-2007-ED, el cual “Establecen disposiciones relativas al otorgamiento de licencias sindicales con goce de haber a representantes sindicales de los docentes de educación básica del Sector Educación, a nivel nacional”, por contravenir el Inc. 2) del Art. 2°, el Inc. 1) del Art. 28°, el Art. 42º, el Art. 51º y el Inc. 8) del Art. 118º de la Constitución Política del Estado, así como contravenir el Art. 21º de la Ley Nº 24029 – Ley del Profesorado.
2. Respeto a la vigencia legal del SUTEP y su representación nacional, regional y/o provincial ante las respectivas instancias del Ministerio de Educación. Trato directo, procesos administrativos, nombramientos, reasignaciones, etc.
3. Respeto legal del SUTEP y su representación regional y/o provincial ante las respectivas instancias del Ministerio de Trabajo con la sola acreditación de la credencial del CEN SUTEP.
4. Desactivación de la ONP. No al traspaso arbitrario de los maestros en actividad y pensionistas a esta institución que malgastó el dinero de las pensiones de los trabajadores.
5. Trato directo permanente MED – SUTEP, con soluciones concretas de la problemática magisterial.
6. Implementación del Proyecto Educativo Nacional.
7. Derogatoria de la ley 28988 que declara la educación en servicio público esencial e impide el derecho a huelga.
8. Derogatoria de los decretos supremos antidemocráticos Nº 982, 983, 988, 989 que reprimen las protestas, autorizan el uso de las armas, etc.
e.- Derechos reivindicativos para estudiantes y padres de familia.
1. Vigencia plena de la Escuela Pública y gratuidad de la enseñanza en todos los niveles y modalidades. Prohibición de cualquier cobro o aporte como requisito para la matricula; derogatoria de los dispositivos que atentan contra la gratuidad de la enseñanza.
2. Designación de no menos del 6% anual del PBI para el sector educación. Presupuesto inmediato para atender a 200 mil niños el año 2010 que no cuentan con docentes (7 mil).
3. Otorgamiento de terrenos y construcción de locales escolares por parte del Estado; equipamiento de laboratorios, talleres, bibliotecas, salas de cómputo, instalaciones deportivas y comedores escolares.
4. Atención medica para todos los alumnos(as); asignación de fondos para la implementación de la alimentación escolar.
5. Trabajo digno para los padres de familia.
6. Universalización de la educación inicial. Alto a la comercialización de la educación superior universitaria y no universitaria.
IV.- PLATAFORMA DE LUCHA PRIORITARIA
4.1.- Vigencia de la educación pública gratuita, universal y de calidad para todos los peruanos con presupuesto del 6% del PBI y Proyecto Educativo Nacional. Derogatoria del D. Leg. 882.
4.2.- Alto a la privatización y municipalización de la Educación que pretende desligar al Estado de su responsabilidad, entregando a los padres de familia el financiamiento del gasto educativo de sus hijos. Presupuesto para cubrir 10 mil plazas por contrato en todo el Perú y beneficiar a 300 mil alumnos el año 2010.
4.3.- Mesa de diálogo con soluciones concretas al pliego de reclamos. Cumplimiento de acuerdos suscritos en diversas actas entre el MED y el SUTEP.
4.4.- Anulación de la racionalización de la R.M. 101-2009 ejecutada el año 2010 en cumplimiento al Informe Nº 625-2010-ME/SG-OAJ y la HCI Nº 1710-2010-ME/SPE-UP que consideran la propuesta del SUTEP planteada en la Mesa de Trato Directo. Emisión de norma que regule el presente acuerdo.
4.5.- Pago del 30% por preparación de clases y evaluación, establecido en el Art. 48º de la ley 24029 y su modificatoria ley 25212 y en el Art. 210º de su Reglamento, aprobado con D.S. 019-90-ED. Cumplimiento de lo acordado en la Mesa de Trato Directo MED-SUTEP la conformación de una Comisión que realice un diagnostico legal y presupuestal para el pago de la deuda y la continua por este derecho.
4.6.- Pago de las horas extras laboradas más allá de la jornada de 24 horas, como lo establece el Art. 18 de la Ley 24029 - 25212.
4.7.- Pago de subsidios por luto y sepelio de acuerdo a lo establecido en los Art. 51º y 52º de la ley del profesorado 24029 y 25212.
4.8.- Pago de bonificaciones por cumplimiento de 20, 25 y 30 años de tiempo de servicios de acuerdo a lo establecido en la ley del profesorado.
4.9.- Ascenso de nivel, de acuerdo a la ley del Profesorado, para todos los maestros; incorporación a la carrera pública de los maestros titulados con nombramiento interino, de acuerdo a la ley 24029.
4.10.- Por una Carrera Pública Magisterial renovada, con estabilidad laboral, condiciones dignas de trabajo y financiada. Derogatoria de la antimagisterial Ley 29062.
4.11.- Desafiliación irrestricta de las AFPs y reducción de la edad jubilatoria a 55 años de edad para las mujeres y 60 años de edad para los varones. Devolver y asignar aportes mensuales descontados.
4.12.- Aumento de sueldos para los maestros en actividad de la Ley 24029 y pensiones justas y dignas acorde a la canasta básica familiar para los maestros cesantes y jubilados. A igual jornada laboral, igual remuneración. Establecer como pensionable las bonificaciones logradas producto de la VIII huelga nacional.
4.13.- Respeto al fuero sindical (Participación en las comisiones, cotización sindical, licencias sindicales).
4.14.- Investigación del escándalo de la venta de los exámenes para el nombramiento y sanción ejemplar a los negociantes de estas pruebas. Auditoría técnica y financiera a las mismas.
4.15.- Retiro de los textos escolares con incontables faltas ortográficas que atentan contra la formación de calidad de nuestros estudiantes.
4.16.- Renuncia del ministro Chang por haber demostrado incapacidad para superar la crisis de la educación y haber profundizado la misma.
4.17.- Solución al pliego de reclamos de los distintos sectores y trabajadores del país: estatales, universitarios, sector salud, mineros, portuarios, amazónicos, construcción civil, etc.
4.18.- Defender los recursos naturales y la soberanía de nuestra patria: gas para el desarrollo nacional, no a su exportación y contra los nuevos latifundios.
V. PLAN DE LUCHA
5.1. 26 y 27 de Julio: Lavado de Banderas por la Defensa del gas, La soberanía nacional y contra la política neoliberal.
5.2. Julio - Setiembre: Campaña Nacional de Defensa de los Derechos docentes: “No a la incorporación a la Ley 29062.
5.3. Julio - Setiembre: Impulso y Participación en la Escuela MACRO REGIONALES de Formación Pedagógica Sindical
5.4. Julio a setiembre: Campaña Electoral por el FRAGMA (Lista Nº 03) al del CPPe.
5.5. Agosto: Participación en la Asamblea Nacional de Delegados de la CGTP.
5.6. 12 de setiembre: Participación masiva en el sufragio electoral del Colegio de Profesores del Perú.
5.7. Agosto a octubre: Impulsar eventos Pre congresales en provincias y regiones del III Congreso Pedagógico Nacional a realizarse el 29, 30 y 31 de octubre del 2010.
5.8. Agosto: Plantear en la Comisión Permanente de Trato Directo en MED, DRE y UGEL la solución del pliego de reclamos nacional, regional y provincial. Además de continuar judicializando pago del 30% por preparación de clases y otros beneficios.
5.9. Organización y participación en conjunto a otras organizaciones en FOROs del GAS Y LA TIERRA.
5.10. Preparación de Vigilia Nacional por Mayor Presupuesto y Cumplimiento de la Ley del Profesorado.
5.10. Participación en Medida de Lucha Nacional Conjunta por el Gas para el Desarrollo y Soberanía Nacional, los derechos del Pueblo, contra la Corrupción y Cambio del Modelo Neoliberal; de acuerdo a lo que se establezca en el Encuentro Macro Regional Sur y en la CPS.
5.11. Solidaridad con todos los sectores en lucha; del sector energético, defensa del gas y de la soberanía.
Lima, 24 de julio del 2010
V ASAMBLEA NACIONAL DE DELEGADOS
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06 DE MARZO 2010
PLATAFORMA Y PLAN DE LUCHA
I.- FUNDAMENTACIÓN
El proyecto de elitización de la educación del gobierno aprista continúa en marcha, con el denominado Colegio Mayor “Presidente de la República” a la cabeza, institución que se convertirá en el futuro en el colegio de los hijos de la clase dominante del país, este colegio albergará a un reducido número de estudiantes que por lo visto tendrán las mejores comodidades con una infraestructura preparada para esos fines; en segundo lugar estarán los llamados Colegios emblemáticos ubicados en la capital de la república y algunas capitales regionales que cumplirán con los mismos objetivos y finalmente los colegios municipalizados para el resto de niños del país que continuarán en colegios de pésima calidad sin una infraestructura e implementación adecuadas. Al iniciarse el año escolar 2010, la mayoría de niños y niñas tuvieron que regresar a las mismas escuelas que pese a necesitar urgente refacción no se hizo nada para mejorarlos. Los colegios ubicados en el interior del país, principalmente los de la zona rural y sobre todo los ubicados en la región Ica han corrido la peor suerte, luego de casi tres años del terremoto que azotó esa región, continúan funcionando en módulos provisionales o algunos circulados con plásticos o esteras.
Los padres de familia continúan asumiendo y ahora con mucha mayor intensidad, los gastos escolares de sus hijos, que cada año es mayor debido al alza del costo de vida.
Los maestros continuamos en las mismas condiciones de abandono y marginación sin aumento de sueldo, sin ascenso de nivel, sin el reconocimiento de los derechos contemplados en la ley del profesorado, con una deuda histórica que el gobierno no quiere asumir como el pago del 30% por preparación de clases, bonificación por luto y sepelio de acuerdo a ley, bonificación por cumplimiento de 20, 25 y 30 años de servicio, incremento del IGV, etc; deuda que se incrementa cada año y que es una obligación por parte del sindicato exigir su cancelación.
En estas circunstancias, se hace urgente que el SUTEP, asuma con firmeza la lucha del magisterio, combinando las diversas formas de lucha desde la mesa de diálogo hasta la lucha directa de masas que empezamos a preparar desde ahora creando las condiciones para su implementación. Pero además necesitamos involucrarnos en la disputa electoral del Colegio de Profesores del Perú y del Consejo Nacional de la Magistratura, por lo que se tiene que asumir con mucho empeño la recolección de firmas para inscribir nuestros candidatos en estos dos espacios de representación.
II.- EJES DE TRABAJO
3.1.- Levantar como bandera de lucha el pago de la deuda histórica que tiene el Estado con el magisterio y que los gobiernos que pasaron por la administración del país no lo asumieron en cuanto a: subsidio por luto y sepelio; bonificaciones por preparación de clases, cumplimiento de 20, 25 y 30 años de servicio, incremento de IGV, etc.
32.- Considerar como eje fundamental de la lucha del magisterio y la clase trabajadora el aumento de sueldos y pensiones de acuerdo a la canasta básica familiar y el alza de costo de vida.
3.3.-Asumir con iniciativa y empeño los procesos electorales del CPPe y el CNM, organizando el FRAGMA y recolectando las firmas de los colegiados para respaldar a nuestros candidatos.
3.4.-Continuar con el trabajo de preparación del III Congreso Pedagógico Nacional que debe constituir un evento donde se discutan las propuestas del magisterio peruano como parte de su lucha por una nueva educación para nuestra patria.
3.5.- Lucha frontal contra la corrupción venga de donde venga, denunciando cada caso por todos los medios de información y formulando las denuncias respectivas en prevención del delito en las sedes del Ministerio Público y el Poder Judicial.
3.6.- Reforzar el trabajo de organización e integración de los jóvenes maestros y de las mujeres docentes, asignándoles responsabilidades en comisiones de representación y planificando eventos de formación política, pedagógica y sindical.
III.- PLIEGO DE RECLAMOS
a.- Derechos económicos.
1. Establecimiento del Sistema Único de Remuneraciones para el Sector Público.
2. Aumento y homologación de remuneraciones para el sector educación. Piso salarial del 60 % de la UIT.
3. Bonificación por familia, refrigerio y movilidad, equivalente al 5% de la remuneración total por cada concepto.
4. Subsidio por luto de cinco (05) remuneraciones totales al fallecer el profesor(a) y tres (03) totales por fallecimiento del cónyuge, hijos, padres y/o hermanos.
5. Bonificación del 5% de la remuneración total para los docentes que obtengan el grado de maestría o doctorado en educación.
6. Inmediato cumplimiento del Art. 48º de la Ley del Profesorado – Ley Nº 24029, mediante el cual se señala que “El profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual por preparación de clases y evaluación equivalente al 30% de su remuneración total”.
7. Nivelación de la bonificación comprendida en el Decreto Supremo Nº 261-91-EF del 05 de noviembre de 1991 que otorgó una Bonificación Excepcional del monto originado del 1% del Impuesto General a las Ventas (IGV), distribuido en forma equitativa entre los trabajadores activos y cesantes, docentes y no docentes de los Programas Presupuestales integrantes del Pliego del Ministerio de Educación, Direcciones Departamentales de Educación y Unidades de Servicios Educativos a cargo de los Gobiernos Regionales; así como de los Organismos Públicos Descentralizados del Sector Educación.
8. Cumplimiento de lo establecido en el Art. 51° y Art. 52º de la Ley del Profesorado – Ley Nº 24029, modificada por la Ley Nº 25212 (Subsidio por Luto y Bonificación por Tiempo de Servicio), en concordancia con los Arts. 212º, 213º, 222° y siguientes del Reglamento de la Ley del Profesorado – Decreto Supremo Nº 19-90-ED, teniendo en consideración lo resuelto por la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República mediante Sentencia del 07 de septiembre de 2007 en el proceso de Acción Popular del Expediente Nº A.P. Nº 438-2007.
9. Pago de una remuneración total como compensación por tiempo de servicio (CTS) por cada año.
10. Pago puntual de los haberes a los docentes contratados. Pago de bonificaciones por zonas diferenciadas para todo el magisterio independientemente de su condición laboral.
11. Bonificación por riesgo de salud equivalente al 20% de la remuneración total.
12. Remuneración para los directores, subdirectores y personal jerárquico de las Instituciones Educativas, equivalentes a las escalas F-5 y F-3 respectivamente de la administración pública.
13. Distribución del 30% del canon aduanero y minero, entre otros, para el sector educación (FONDEP). Participación del SUTEP en las comisiones encargadas para este fin.
14. Pago de la bonificación especial (D.S. 065-2003-ED) a las docentes coordinadoras, según la ley del profesorado 24029 y su modificatoria 25212 y el D.S. 19-90- ED, Art. 31º.
15. Pago de remuneración básica por concepto de vacaciones de acuerdo al Reglamento de la ley del profesorado Art. 218, aprobado por D.S. 019-90-ED.
16. No descuento de haberes en los meses de julio y diciembre, salvo por decisión de mandato judicial, según D.S. 019-90-ED.
17. Reconocer como pensionables las bonificaciones incrementadas como producto de la VIII Huelga Nacional del magisterio peruano. No al recorte de estos incrementos al momento del cese y/o jubilación.
b.- Derecho de condiciones de trabajo.
1. Cumplimiento de la ley del Profesorado 24029, su modificatoria 25212 y su Reglamento D.S. 019-90-ED.
2. Cumplimiento de los acuerdos arribados en los tratos directos y como consecuencia de la VIII y IX huelga nacional del magisterio peruano.
3. Vigencia del D.L 20530 y ampliación para los diversos sectores de trabajadores.
4. Derogatoria del DL 25897 del Sistema Privado de Pensiones y la ley 26504 que eleva a 65 años la edad de jubilación para varones y mujeres.
5. Pago integro de las remuneraciones a cargo del Estado a los profesores que cubren licencias por enfermedad y maternidad como lo establece la ley del profesorado.
6. Nulidad de la Resolución Nº 0101-2009-ED mediante el cual se aprueban los “Lineamientos para la Evaluación y Racionalización de plazas de Educación Básica y Técnica Productiva del Sector Público”, por vulnerar el inciso a) del Art. 13º de la Ley Nº 24029, modificada por Ley Nº 25212 – Ley del Profesorado, y el Art. 33º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED – Reglamento de la Ley del Profesorado, en concordancia con lo establecido los Arts. 233º del Decreto Supremo Nº 019-90-ED y el Art. 28º de la Resolución Ministerial Nº 1174-91-ED – Reglamento de Reasignaciones y Permutas del Profesorado. Además contravenir los Arts. 22º y 23º de la Constitución Política del Estado (Derecho al Trabajo y Protección estatal al trabajo) y el Art. 26º de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica (principio de progresividad), y el Art. 51º y el Inc. 8) del Art. 118º de la Constitución Política del Estado. En consecuencia, conforme a lo establecido en la parte in fine del Art. 81º del Código Procesal Constitucional.
7. Respeto a la carga docente según las recomendaciones de la UNESCO: 25 alumnos por aula.
8. Mejoramiento de las condiciones de trabajo, salud y alimentación, para los docentes y estudiantes.
9. Creación de un fondo especial para la construcción de viviendas y el transporte de los profesores que trabajan en lugares alejados de la sierra y la selva.
c.- Derechos profesionales y de trabajo.
1. Cumplimiento de lo establecido en los Arts. 53° y siguientes de la Ley del Profesorado – Ley Nº 24029 (modificada por la Ley Nº 25212) referidos a la reasignación y destaque de los docentes a nivel nacional. El Art. 53° señala lo siguiente: “La reasignación del profesorado se efectúa en los términos y condiciones que señale el Reglamento, previa publicidad de las plazas disponible. Para desempeñar un cargo de confianza, de los establecidos en el Capítulo IV, Título III del Decreto Legislativo N° 217, se requiere como mínimo tener título de profesor y haber desempeñado la función docente oficial por un tiempo no menor de 15 años de servicios los varones y 12.5 años las mujeres. El nombramiento no está sujeto a ningún otro requisito. Al dejar el cargo de confianza se reintegrará al que tenía en la Carrera Pública del Profesorado.
2. Cumplimiento con lo establecido en los Arts. 42º, 43º y 44º de la Ley Nº 24029 – Ley del Profesorado que señala el mecanismo para el sistema de Ascensos en los Cinco Niveles de la Carrera del Profesorado. Dejar sin efecto el Oficio Múltiple Nº 065-2007-ME/SG-OGA-UPER..
3. Implementación de servicios médicos, sicológicos y asistencia social en las instituciones educativas como complemento de la labor docente.
4. Reconocimiento automático hasta por cinco (05) años de estudio como tiempo de servicio para los profesores cuyo currículo de formación profesional contemple dicho número de años en dicha formación, y respeto de dicha acumulación en el cálculo del tiempo de servicios definitivos para sus pensiones.
5. Derogatoria del DL 882 que autoriza la creación y funcionamiento de institutos pedagógicos privados, academias e instituciones educativas no escolarizadas, por atentar contra la calidad, gratuidad y universalidad de la educación pública.
6. Derogatoria de la Resolución Ministerial Nº 0121-2008-ED por medio del cual se establece un Programa para la incorporación gradual a la Carrera Pública Magisterial para los profesores que están bajo los alcances de la Ley del Profesorado, especialmente aquellos que trabajan en Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa, Educación Básica Especial y en las instituciones técnicos-productivas. Ello dentro del plazo de diez (10) años, conforme al literal B del punto V denominado “Disposiciones Generales” de la mencionada norma.
7. Cumplimiento de lo establecido en la Ley del Profesorado – Ley Nº 24029 y su modificada por la Ley Nº 25212 en relación al ingreso a la Carrera Pública Magisterial de profesores con nombramiento interino, personal administrativo y auxiliares de educación a cargos docentes.
8. Auditoria integral a los procesos de evaluación para concurso de nombramiento docente. Se dé a conocer, cuánto costó la elaboración de los exámenes que carecen de validez y confiablidad, por el grado de corrupción e inmoralidad y de criterio técnico, científico y pedagógico. Dejar sin efecto la nota 14 como mínima aprobatoria para el Ingreso a la carrera Publica magisterial, entre otros.
d.- Derechos democráticos y sindicales.
1. Derogatoria del Decreto Supremo N° 001-2007-ED, el cual “Establecen disposiciones relativas al otorgamiento de licencias sindicales con goce de haber a representantes sindicales de los docentes de educación básica del Sector Educación, a nivel nacional”, por contravenir el Inc. 2) del Art. 2°, el Inc. 1) del Art. 28°, el Art. 42º, el Art. 51º y el Inc. 8) del Art. 118º de la Constitución Política del Estado, así como contravenir el Art. 21º de la Ley Nº 24029 – Ley del Profesorado.
2. Respeto a la vigencia legal del SUTEP y su representación nacional, regional y/o provincial ante las respectivas instancias del Ministerio de Educación. Trato directo, procesos administrativos, nombramientos, reasignaciones, etc.
3. Desactivación de la ONP. No al traspaso arbitrario de los maestros en actividad y pensionistas a esta institución que malgastó el dinero de las pensiones de los trabajadores.
4. Trato directo permanente MED – SUTEP, con soluciones concretas de la problemática magisterial.
5. Implementación del Proyecto Educativo Nacional.
6. Derogatoria de la ley 28988 que declara la educación en servicio público esencial e impide el derecho a huelga.
7. Derogatoria de los decretos supremos antidemocráticos Nº 982, 983, 988, 989 que reprimen las protestas, autorizan el uso de las armas, etc.
e.- Derechos reivindicativos para estudiantes y padres de familia.
1. Vigencia plena de la Escuela Pública y gratuidad de la enseñanza en todos los niveles y modalidades. Prohibición de cualquier cobro o aporte como requisito para la matricula; derogatoria de los dispositivos que atentan contra la gratuidad de la enseñanza.
2. Designación de no menos del 6% anual del PBI para el sector educación……
3. Otorgamiento de terrenos y construcción de locales escolares por parte del Estado; equipamiento de laboratorios, talleres, bibliotecas, salas de cómputo, instalaciones deportivas y comedores escolares.
4. Atención medica para todos los alumnos(as); asignación de fondos para la implementación de la alimentación escolar.
5. Trabajo digno para los padres de familia.
6. Universalización de la educación inicial. Alto a la comercialización de la educación superior universitaria y no universitaria.
IV.- PLATAFORMA DE LUCHA PRIORITARIA
3.1.- Defensa de la educación pública gratuita, universal y de calidad para todos los peruanos con presupuesto del 6% del PBI y Proyecto Educativo Nacional. Derogatoria del D.Leg. 882.
3.2.- Alto a la privatización y municipalización de la Educación que pretende desligar al Estado de su responsabilidad, entregando a los padres de familia el financiamiento del gasto educativo de sus hijos.
3.3.- Mesa de diálogo con soluciones concretas al pliego de reclamos. Cumplimiento de acuerdos suscritos en diversas actas entre el MED y el SUTEP.
3.4.- Alto a la racionalización irracional de la R.M. 101-2009. Considerar la propuesta del SUTEP planteada en la Mesa de Trato Directo.
3.4.- Pago del 30% por preparación de clases y evaluación reconocido en el Art. 48º de la ley 24029 y su modificatoria ley 25212 y Art. 210º del D.S. 019-90-ED.
3.5.- Pago de subsidios por luto y sepelio, por cumplimiento de 20, 25 y 30 años de servicio, etc, de acuerdo a los establecido en los Art. 51º y 52º de la ley del profesorado 24029 y 25212.
3.6.- Pago de bonificaciones por cumplimiento de 20, 25 y 30 años de tiempo de servicios de acuerdo a lo establecido en la ley del profesorado.
3.7.- Vigencia y respeto de la ley del Profesorado: Ascenso de nivel para todos los maestros, incorporación a la carrera pública de los maestros titulados con nombramiento interino de acuerdo a la ley.
3.8.- Nombramiento transparente de maestros en todas las plazas vacantes y presupuestadas ofertadas para el concurso 2009. Participación del SUTEP en el proceso.
3.9.- Por una Carrera Pública Magisterial renovada, con estabilidad laboral, condiciones dignas de trabajo y financiada. Derogatoria de la antimagisterial ley 29062.
3.10.- Desafiliación irrestricta de las AFPs y reducción de la edad jubilatoria a 55 años de edad para las mujeres y 60 años de edad para los varones.
3.11.- Aumento de sueldos para los maestros en actividad de la ley 24029 y pensiones justas y dignas acorde a la canasta básica familiar para los maestros cesantes y jubilados. A igual jornada laboral, igual remuneración. Establecer como pensionable las bonificaciones logradas producto de la VIII huelga nacional.
3.12.- Respeto al fuero sindical (Participación en las comisiones, cotización sindical, licencias sindicales).
3.13.- Investigación del escándalo de la venta de los exámenes para el nombramiento y sanción ejemplar a los negociantes de estas pruebas. Auditoría técnica y financiera a las mismas.
3.14.- Retiro inmediato de los textos escolares con incontables faltas ortográficas que atentan contra la formación de calidad de nuestros estudiantes.
3.15.- Renuncia del ministro Chang por haber demostrado incapacidad para superar la crisis de la educación y haber profundizado la misma.
3.16.- Solución al pliego de reclamos de los distintos sectores y trabajadores del país: estatales, universitarios, sector salud, mineros, portuarios, amazónicos, construcción civil, etc.
IV.- PLAN DE LUCHA
4.1.- A partir del 07 de marzo asambleas de información a las bases de todo el país, conferencias de prensa para informar a la población los acuerdos de las asambleas.
4.2.- Desde el 07 de marzo preparación de la jornada nacional de lucha de la CTE y consulta a un Paro Nacional del Magisterio Peruano.
4.3.- 20 de marzo Asamblea Nacional de Delegados.
4.4.- 21 de marzo: Encuentro nacional del Frente Amplio Gremial Magisterial - FRAGMA
4.5.- 23 de marzo: Jornada Nacional de Lucha y entrega de Pliego de Reclamos del Magisterio Peruano al Ministerio de Educación.
4.6.- Marzo y abril: Campaña nacional de recolección de firmas para la participación en los procesos electorales del CPPe y el Consejo Nacional de la Magistratura.
4.7.- Marzo y abril convocatorias para la conformación del Frente Amplio Gremial Magisterial.
4.8.- Continuar con el trabajo de preparación para el Congreso Pedagógico Nacional del mes de agosto.
4.9.- Implementar las orientaciones del proceso de fortalecimiento sindical (sindicalización, cotización)
4.10.-Marzo: Exigir en las sedes descentralizadas del Ministerio de Educación o de los gobiernos regionales la conformación de una Comisión Permanente de Trato Directo para abordar de manera secuencial los temas planteados en el pliego de reclamos regional y/o provincial.
Lima, 06 de marzo del 2010
II ASAMBLEA NACIONAL EXTRAORDINARIA DE DELEGADOS
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PLATAFORMA Y PLAN DE LUCHA
I.- OBJETIVO GENERAL
Continuar en la lucha contra las políticas neoliberales del gobierno aprista de recorte presupuestal, desconocimiento de los derechos ganados, maltrato al magisterio, etc, y sus intenciones perversas de pretender destruir el gremio. Fortalecer las bases y la unidad del SUTEP; asumir la lucha por el nombramiento y el derecho al trabajo digno de los maestros contratados y desempleados y enfrentar con firmeza la lucha en la mesa de diálogo, exigiendo el cumplimiento de los compromisos asumidos como producto de la negociación colectiva.
II.- EJES DE TRABAJO
2.1.-Consolidar el movimiento social y popular, levantando una propuesta programática para el pueblo peruano.
2.2 Campaña de esclarecimiento al magisterio y a la comunidad sobre la CPM frente a la posibilidad de una segunda convocatoria para la incorporación a la ley 29062 en el presente año 2010.
2.3.- Organizar a los maestros contratados y desempleados en los Comités de Lucha por el nombramiento y el trabajo digno, con concurso transparente, reglas claras y sin exclusiones para el año 2010.
2.4.-Levantar una Nueva propuesta de Ley de Carrera Pública Magisterial tomando como base la ley del Profesorado que signifique afirmar los derechos conquistados y avanzar en función a las demandas sociales, económicos, profesionales, culturales y académicos para una educación de calidad, orientado a la derogatoria de la ley 29062.
2.5.-Asumir con firmeza las luchas acordadas por el SUTEP, la CGTP, la coordinadora política social, la asamblea nacional de los pueblos y el frente nacional por la vida y la soberania.
III.- PLATAFORMA DE LUCHA
3.1.- Defensa de la educación publica, universal y de calidad para todos los peruanos con presupuesto del 6% del PBI y Proyecto Educativo Nacional.
3.2.- Alto a la neoliberal municipalización de la Educación que pretende entregar la responsabilidad del gasto educativo a los padres de familia quitando el rol del Estado. Alto a la privatización, Derogatoria del DL 882.
3.2.- Cumplimiento de los acuerdos suscritos en las actas de compromisos con el magisterio como consecuencia de las jornadas de lucha del magisterio peruano. Mesa de diálogo con soluciones concretas a los problemas planteados en el pliego de reclamos.
3.3.- Pago del 30% por preparación de clases, bonificaciones por luto y sepelio, por cumplimiento de 20, 25 y 30 años de servicio, etc, establecidas en la ley del profesorado 24029 y 25212.
3.3.- Nombramiento de maestros mediante concurso transparente y sin exclusiones. Publicación de todas las plazas ofertadas para un nuevo concurso en el 2010. Mecanismos de control del proceso con participación del SUTEP, publicación de la entidad responsable de la elaboración de la prueba para el concurso. Prueba para el concurso con idoneidad y pertinencia pedagógica y técnica. Auditoria técnica, pedagógica y económica de las pruebas anteriores.
3.4.- Por una Carrera Pública Magisterial renovada, con estabilidad laboral, condiciones dignas de trabajo y financiada. Derogatoria de la Ley antimagisterial 29062.
3.5.- Desafiliación de las AFPs y reducción de la edad jubilatoria a 55 años de edad para las mujeres y 60 años de edad para los varones.
3.6.- Aumento de sueldos y salarios, pensiones justas y dignas acorde a la canasta básica familiar. A igual jornada laboral, igual remuneración. Establecer como pensionable las bonificaciones logradas producto de la VIII huelga nacional.
3.8.- Respeto al fuero sindical (Participación en las comisiones, cotización sindical, licencias sindicales).
3.10.- Solución al pliego de reclamos de los distintos sectores y trabajadores del país: estatales, universitarios, sector salud, mineros, portuarios, amazónicos, construcción civil, etc.
3.11.- Campaña de esclarecimiento sobre los mal llamados colegios “EMBLEMATICOS” de manera improvisada y sin planificación
3.12.- Cumplimiento del pago por concepto del IGV de acuerdo al Decreto Supremo 261 del año 91
IV.- PLAN DE LUCHA
4.1.- Del 08 al 15 de enero asambleas de información a las bases de todo el país, conferencias de prensa para informar a la población los acuerdos de la asamblea.
4-2.- Del 08 de enero a febrero y fechas posteriores, asambleas con los maestros contratados y desempleados de todas las bases para organizarles y respaldarles decididamente en la lucha por el derecho al trabajo digno erradicando la corrupción.
4.3.- Enero a Diciembre: Campaña nacional por mayor presupuesto para educación hasta llegar al 6% del PBI comprometiendo a padres de familia, intelectuales y pueblo en general.
4.4.- Enero a Abril: Orientación permanente para la elección unitaria a elecciones del CPPe y explicar a los maestros sobre su importancia orientada a trabajar por la reivindicación deontológico y profesional del docente.
4.6.- Enero a fechas posteriores propuesta de cumplimiento a la Ley del profesorado en lo referente al proceso de racionalización
4.7.- Impulsar un plan estratégico para el año 2010 teniendo en cuenta que este es un año electoral.
4.7.- Organización de las comisiones de trabajo para impulsar el III CONPEN-Congreso Pedagógico Nacional
4.8.- Implementar las orientaciones del proceso de fortalecimiento sindical.
Lima, Enero del 2010
I ASAMBLEA NACIONAL DE DELEGADOS
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IV.- PLATAFORMA DE LUCHA
1 Defensa de la escuela pública de calidad, derogatoria del DL 882, de “promoción de la inversión privada en la educación”. No a la privatización de la educación vía la “municipalización”.
2 Cumplimiento de los acuerdos firmados entre el MED y el SUTEP, en el acta del 2007 como producto de la IX HNI del magisterio peruano.
3 Auditoria inmediata académica y financiera a las pruebas para el nombramiento aplicadas el 09 y 12 de marzo 2008.
4 Derogatoria de la Ley regresiva de CPM 29062. Carrera Pública Magisterial Renovada, con derechos, estabilidad laboral y condiciones dignas de trabajo. Capacitación de calidad para todos.
5 Libre desafiliación de las AFPs. Sistema de pensiones a cargo del estado para todo el sector educación. Vigencia plena de la 20530 y la 19990. No al pase arbitrario e ilegal de los pensionistas al DS. 149-2007-EF.
6 Mayor presupuesto para educación, de acuerdo al PEN y normas vigentes. Aumento de sueldos y pensiones. Convertir en pensionables las bonificaciones conquistadas producto de la VIII Huelga Nacional.
7 Alto a la política represiva, corrupción e impunidad. Respeto a la Libertad sindical: Sindicalización, negociación, huelga, cotización y licencias sindicales.
8 Restitución de los derechos económicos. Derogatoria de los DS 051, 011, 017, 022, 03, 04 y del DL 982.
9 Solución a las demandas de los gremios y sectores en conflicto: laborales y sociales, regionales, locales, profesionales, campesinas, indígenas, agrarias, amazónicas, etc. Derogatoria de los D. L. Nº 1015 y 1073 que buscan negociar las tierras de las comunidades y de la amazonía.
10 Pago por devengados de la Ley 25897 y 26504. Para los maestros de las regiones donde se les adeuda desde 1995 al 2000.
11 Respeto a la Ley del profesorado 24029 y 25212. Ascensos de nivel, reasignaciones y permutas, bonificaciones integras por tiempo de servicio.
12 Pago de haberes, integro y justo a los profesores contratados. Alto al manejo irregular y tramposo de los cuadros de horas de las Instituciones Educativas.
13 Rechazo al pago por estudios universitarios propuestos en el congreso de la república.
14 Defensa de la soberanía nacional, los recursos naturales, el medio ambiente, la integridad territorial y el patrimonio cultural.
15 Contra el alza incesante del costo de vida y la inflación.
16 Devolución de los aportes del FONAVI a los trabajadores del sector publico.
¡UNIDAD PARA LUCHAR,UNIDAD PARA VENCER!
Estimados maestros y maestras:
Estamos atravesando circunstancias difíciles para el magisterio y la educación pública. El mensaje presidencial por fiestas patrias ha hecho más evidente el abandono, por parte de Ollanta, de sus compromisos electorales y la continuidad del modelo neoliberal.
Lejos de cumplir con lo ofrecido al magisterio y lo avanzado en la mesa de diálogo, respecto del urgente incremento de remuneraciones y pensiones, así como el pago de la deuda histórica, lo que tenemos es una propuesta de una "Ley de Desarrollo Docente" que, por presión de los defensores de la mal llamada Ley de CPM, hasta le han cambiado de nombre y, hasta donde se conoce por la versión no oficial que está circulando, en el marco del ahorro fiscal que exige el Ministerio de Economía, por orden del FMI, pretende anular los más importantes beneficios económicos y hasta rebajar los niveles alcanzados por los maestros comprendidos en la Ley 24029 – 25212.
Sin embargo, el SUTEP cuenta con el Anteproyecto de Ley del Profesorado, que luego de ser aprobado en dos convenciones nacionales sucesivas y de una amplia difusión, ha sido presentado al Congreso de la República por intermedio del Colegio de Profesores del Perú. Tal como lo ha aprobado la V Asamblea Nacional de Delegados del SUTEP, del 02 de agosto, exigimos el más amplio debate de ambas propuestas con la participación de los directamente involucrados como somos los maestros.
Entre otras cosas, debemos exigir:
1) Aumento para todos los maestros (desde el piso salarial) y proporcionalmente a los niveles. ¡No a la rebaja de los sueldos!
2) Respeto a los niveles alcanzados en las respectivas leyes (24029 y 29062) no a las "reubicaciones" arbitrarias y sin criterio pedagógico. ¡No a la rebaja de niveles!
3) Carrera de 5 niveles y desarrollo meritocrático (por evaluación) para los ascensos.
4) Evaluación que incida principalmente en el desempeño en el aula o la función que se ejerza.
5) Respeto a todas las bonificaciones y asignaciones conquistadas.
6) Respeto de la estabilidad laboral.
7) Desarrollo magisterial con equidad, no a la condena del 70% de maestros a una "carrera" de dos niveles (29062).
Lamentablemente en esta lucha tenemos dos distractivos: por un lado los defensores de la mal llamada Ley de CPM de Chang y García, que plantean no tocar ese engendro y "ni un sol de aumento si no es previa evaluación"; y, por otro lado el anarquismo divisionista que le hace el juego a los enemigos del magisterio y que tras el objetivo de legitimar al movadef de sendero luminoso, para buscar la amnistía de Fujimori, Montesinos y Abimael Guzmán, han promovido una huelga de una minoría del magisterio del sur del país, generando ante la opinión pública la imagen de un sindicato dividido, que sólo favorece a los implementadores de la reforma educativa neoliberal, privatista y antimagisterial. No es la primera vez que lo hacen: en el 2003, con su accionar divisionista, dieron motivo para la declaratoria del estado de emergencia y la posterior aprobación de la Ley General de Educación 28044 que da inicio a la "evaluación para la permanencia"; en el 2007, igualmente promovieron una huelga divisionista que permitió la dación de la Ley 29062 mal llamada de CPM de Chang.
Hoy requerimos de la más amplia unidad para enfrentar esta situación. Además del amplio debate para el que debemos estar preparados, en base a nuestra propuesta, necesitamos estar mentalizados para las más diversas acciones de masas que debemos implementar en el momento oportuno, sobre todo cuando se inicie el debate en el Congreso, incluida la huelga. Participemos activamente en las reuniones de estudio y debate de la Ley el 10 de agosto y garanticemos la presencia de nuestros delegados en la Convención Nacional Extraordinaria del 18 de agosto. Pongamos en tensión todas nuestras fuerzas.
Rene Ramírez Puerta
Secretario General SUTEP