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SUTEP PROV. TRUJILLO: Evaluación de Personal Directivo en Habilidades para su desempeño
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lunes, 2 de junio de 2014

Evaluación de Personal Directivo en Habilidades para su desempeño

La DÉCIMA PRIMERA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL del D.S. Nº 004-2013-ED que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, se refiere a la adecuación de cargos anteriores a la Ley y especifica: "Todos los nombramientos y designaciones a cargos que se hayan efectuado por disposición de normas anteriores que ya no estén vigentes, serán adecuados a los cargos de las áreas de desempeño laboral establecidas en la Ley. En el caso que el cargo haya dejado de existir, el profesor será reubicado como profesor de aula o por horas, de acuerdo a su formación inicial y especialización debidamente certificada". Esto significa que todos los nombramientos y designaciones de cargos directivos efectuados por normas legales anteriores a la Ley de Reforma Magisterial, para poder ser adecuados al área de desempeño laboral de gestión institucional, tienen que ser previamente evaluados en las habilidades requeridas para desempeñarse como personal directivo y determinar su continuidad en el cargo, por tres años más, o su retorno como personal docente.
EVALUACIÓN DE PERSONAL DIRECTIVO EN HABILIDADES PARA SU DESEMPEÑO
 
24 DE JULIO: V ASAMBLEA NAC. DE DELEGADOS DEL SUTEP(LIMA)
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