De: rafael calla alfaro <rafaelcalla@hotmail.com>
From: rafaelcalla@hotmail.com
Subject: FW: RATIFICAMOS INICIO HUELGA NACIONAL ESTATAL ESTE 04 DE JUNIO
Date: Thu, 29 May 2014 16:36:58 +0000
EN LA ASAMBLEA NACIONAL DE DELEGADOS CONVOCADO POR LA CGTP. EN LIMA EL 24 DE MAYO, LA DIRIGENTE DEL UNASSE, MANIFESTÓ QUE LOS TRABAJADORES TÉCNICOS Y AUXILIARES PRÁCTICAMENTE ESTÁN DESPEDIDOS DESDE EL MOMENTO QUE SE PROMULGO LA LEY 30057 DEL SERVIR, PORQUE VAN A SER REMPLAZADOS POR LAS EXPLOTADORAS SERVIS (OPERACIONES COMPLEMENTARIAS) .
From: rafaelcalla@hotmail.com
Subject: FW: RATIFICAMOS INICIO HUELGA NACIONAL ESTATAL ESTE 04 DE JUNIO
Date: Thu, 29 May 2014 16:36:58 +0000
EN LA ASAMBLEA NACIONAL DE DELEGADOS CONVOCADO POR LA CGTP. EN LIMA EL 24 DE MAYO, LA DIRIGENTE DEL UNASSE, MANIFESTÓ QUE LOS TRABAJADORES TÉCNICOS Y AUXILIARES PRÁCTICAMENTE ESTÁN DESPEDIDOS DESDE EL MOMENTO QUE SE PROMULGO LA LEY 30057 DEL SERVIR, PORQUE VAN A SER REMPLAZADOS POR LAS EXPLOTADORAS SERVIS (OPERACIONES COMPLEMENTARIAS) .
LAS SUPERINTENDENCIAS COMO LA SUNAT, DE UNIVERSIDADES, DE SALUD, DE AGUA (SUNASS),ELECTRICIDAD, ETC. SON ENTIDADES BUROCRATICAS CREADOS DESDE EL FUJIMONTESINISMO AL SERVICIO DE ESTOS Y ESTAN PLAGADOS POR PERSONAL DE SU ENTORNO, SON OPERADORES DE LA DERECHA NEOLIBERAL, QUE SOLO BUSCAN LA MAXIMA RENTABILIDAD A COSTA DEL ESFUERZO Y SACRIFICIO DEL PUEBLO CUYO FIN ES LA PRIVATIZACION DE TODOS LOS SERVICIOS, CREANDO NORMAS LEGALES PARA LA SUBIDA DE TARIFAS DEL AGUA, LA LUZ , IMPUESTOS, ETC. EN PERJUICIO DEL PUEBLO SACRIFICADO, DEBEMOS PEDIR LA DESAPARICION DE ESTAS ENTIDADES BUROCRATICAS QUE NO SIRVEN PARA NADA Y NO ESTAN CONSIDERADOS EN LA LEY SERVIR, PERCIBIENDO SUELDOS FABULOSOS, TAN IGUAL QUE LOS MINISTROS S/. 30,000, QUE TAL DISCRIMINACION CON EL RESTO. INVESTIGUEN Y DENUNCIEN PUBLICAMENTE.
LA CGTP. HA PUESTO EN SU PLATAFORMA DE LUCHA LA DEROGATORIA DE LA LEY SERVIR, UNIDOS TENEMOS QUE LUCHAR HASTA SU DEROGATORIA
LIC. ADM. RAFAEL CALLA ALFARO
SECRETARIO DE DEFENSA DE LA FDTC
AGRADECEMOS SU DIFUSION
Date: Thu, 29 May 2014 05:46:50 +0100
From: secretariado_cite@yahoo.es
Subject: RATIFICAMOS INICIO HUELGA NACIONAL ESTATAL ESTE 04 DE JUNIO
To: SECRETARIADO_CITE@YAHOO.ES
CC: winstonhh@yahoo.es
Date: Thu, 29 May 2014 05:46:50 +0100
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Subject: RATIFICAMOS INICIO HUELGA NACIONAL ESTATAL ESTE 04 DE JUNIO
To: SECRETARIADO_CITE@YAHOO.ES
CC: winstonhh@yahoo.es
C I T E - C T E - U N A S S E
OFICIO CIRCULAR Nº 010-2014-CEN-CITE-CTE-UNASSE
Lima, 28 de mayo de 2014
Señores
SECRETARIOS GENERALES DE LAS FEDERACIONES, DELEGADOS REGIONALES Y SECRETARIOS GENERALES DE LOS SINDICATOS DE LIMA DE LOS SECTORES
Lima.-
RATIFICAMOS INICIO DE HUELGA NACIONAL ESTATAL EL 04 DE JUNIO DEL 2014.
De nuestra especial consideración:
El Comando Nacional Unitario de Lucha Estatal que suscribe, tiene a bien dirigirse a usted y por su intermedio a los trabajadores y trabajadoras estatales del país para expresarles nuestro cordial saludo, en mérito a los acuerdos de nuestra Asamblea Nacional Estatal realizada el 27 de Mayo del 2014; esta Asamblea, a la luz del estudio del Pre Publicado Reglamento de la Ley 30057 y la reciente Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente Nº 018-2013-PI/TC del 21 de mayo 2014, cumplimos nuestro deber de comunicar a las bases de cada una de las Confederaciones a nivel nacional los acuerdos arribados en este evento nacional para su acatamiento consciente y disciplinado:
1. Las razones que constituyen columnas de nuestra lucha estatal contra la ley 30057 son defender la vigencia de los derechos de estabilidad laboral; violentado por las causales de despido masivo como supresión de puestos, evaluaciones y obligatoriedad o imposición del Servicio Civil a trabajadores de los regímenes 276 y 728 y el derecho de negociación colectiva de remuneraciones, vulnerado, al limitarse solo a condiciones de trabajo.
2. Como resultado de nuestra perseverancia en la Lucha, afirmamos con énfasis y convicción, que la SUPRESION DE PUESTOS, causal de destitución más letal que contenía la Ley 30057, conforme al Pre Publicado Reglamento de la Ley 30057 - LIBRO Iº NORMAS COMUNES A TODOS LOS REGIMENES Y ENTIDADES del artículo 1º al 127º NO ES DE APLICACIÓN a los trabajadores de los regímenes 276 y 728 sino que según el artículo 203º del LIBRO IIº DE REGIMEN DEL SERVICIO CIVIL es aplicable a todos aquellos trabajadores que pasen a formar parte del Servicio Civil. Consiguientemente quedó eliminada esta causal nociva de nuestra plataforma de lucha, sellando una importante victoria en el camino de la lucha estatal.
3. La reciente Sentencia del Tribunal Constitucional declaró INCONSTITUCIONAL y expulsó del ordenamiento jurídico nacional el extremo de la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley 30057 que incluyó el término "o judicial" por violentar el artículo 139.2 de la Constitución referido a la independencia del Poder Judicial, esta sentencia es muy gravitante en la lucha estatal, porque acredita que nuestra estrategia de lucha es correcta y nuevamente en este escenario de lucha jurídica, el tribunal constitucional AMPARA nuestro horizonte y visión de lucha, respecto a la defensa de la VOLUNTARIEDAD del Traslado al Servicio Civil.
En efecto la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Pre publicado Reglamento del Servicio Civil, anunció que las entidades que al 31 de diciembre del 2017 no hayan iniciado el proceso de adecuación previsto en la ley, serán comprendidas en el mismo AUTOMATICAMENTE a partir del 1 de enero del 2018. Vale decir que la intención del gobierno es OBLIGARNOS e IMPONERNOS el régimen del servicio civil en contra de nuestra voluntad.
La reciente sentencia que es VINCULANTE en este único extremo, señala, que aquellos que optaron por trasladarse voluntariamente al servicio civil podrán retractarse y judicializar su retorno al régimen anterior. Vale decir, que si esto es así, con aquellos que decidieron voluntariamente migrar al servicio civil, con mayor razón, aquellos que decidimos voluntariamente NO TRASLADARNOS al servicio civil, y si se pretendiera obligarnos, está expedito el derecho para judicializar tal abusiva imposición. Por ello, al amparo de esta sentencia, en la nueva etapa de lucha, ésta nueva victoria, debemos reafirmarla mediante Ley expresa que precise la VOLUNTARIEDAD del traslado al servicio civil evitando la judicialización para no sobrecargar la precaria economía del trabajador, ni aumentar la carga procesal del Poder Judicial con decenas de miles de expedientes futuros.
4. Respecto a la Negociación Colectiva de remuneraciones, la PERSEVERANCIA en los principios y lucha del sindicalismo estatal en las calles, se enorgullece de haber IMPEDIDO se consuma la monstruosidad jurídica de este gobierno traidor de Humala y hacerlo retroceder de haber eliminado del ordenamiento jurídico nacional un DERECHO COLECTIVO VITAL que garantiza la calidad de vida de los trabajadores y sus familias, como es la NEGOCIACION COLECTIVA DE REMUNERACIONES, porque aún, cuando en este extremo la sentencia NO ES VINCULANTE, 03 magistrados del Tribunal (Vergara Gotelli, Mesía Ramirez y Calle Hayen) que votaron por la inconstitucionalidad de los artículos 31.2º; 40, 42 y 44 que limitaban la negociación colectiva a condiciones de trabajo y otros 03 magistrados (Urviola Hani, Eto Cruz y Alvarez Miranda) que votaron por la constitucionalidad de estos artículos, pero, emplazan al Congreso para que mediante nueva Ley a dictarse en 90 días se habilite a favor de los trabajadores un MECANISMO ALTERNATIVO a la negociación en materia remunerativa. Es decir los 02 bloques de Magistrados coinciden en sus fundamentos jurídicos que los servidores públicos tenemos derecho a reclamar aspectos económicos. En consecuencia, este otro avance es fruto de nuestra lucha.
Estos resultados pueden consolidarse con la defensa de nuestra demanda de inconstitucionalidad presentada por las centrales sindicales, Exp. N° 0025-2013-PI/TC, que inexorablemente tiene que verse con los nuevos magistrados que juramentarán este 3 de junio.
5. En mérito a los fundamentos expuestos, la ASAMBLEA NACIONAL ESTATAL llevado a cabo este 27 de mayo acordó que las razones para esta nueva etapa de lucha serán de VENTAJA al amparo de esta Sentencia y que visionariamente se incluyeron en el Proyecto de Ley Nº 3078-2013-CR, por ello exigiremos al Congreso que apruebe la LEY que garantice la VOLUNTARIEDAD DEL TRASLADO para no tener que recurrir al poder judicial por lo oneroso y apruebe una Comisión Paritaria UNICA en representación de todos los trabajadores del Estado que negocie y pacte anualmente con el gobierno demandas económicas.
6. En lo concerniente a las acciones de masas determinadas en esta Asamblea Nacional Estatal se ha determinado que el miércoles 4 de junio, fortaleciendo la Huelga Médica y Administrativos de Salud (FENUTSSA) y demandando al Congreso la aprobación de este Proyecto de Ley y la discusión del pliego nacional de reclamos de la unidad estatal, inician la HUELGA NACIONAL las federaciones nacionales como FENTUP y sus bases de 35 universidades públicas que también están amenazadas de imponérseles, en el marco de esta reforma del Estado, una Ley Universitaria que nunca fue discutida con la comunidad de la universidad peruana; FENTASE y sus bases de trabajadores administrativos de educación.
FENSUTACE implementará un Paro de 72 horas para decidir a partir de ello la huelga nacional; además llegarán a Lima desde provincias las DELEGACIONES ESTATALES, ENTRE ELLAS, LA FENTUP, FETRAMUNP, FENTASE Y OTROS SECTORES, que materializarán la presencia de 2,000 sindicalistas más conscientes de la lucha que afrontamos para la realización de acciones, conjuntas en Lima.
7. El miércoles 11 de Junio se integran a la lucha la FETRAMUNP con todas sus bases y además las bases de CTE entre las que se encuentran FENAOMP (Obreros Municipales), CONATRA (Gobiernos Regionales), INPE (penitenciarios), etc.
8. Los sectores estatales de Lima deberán contribuir en el apoyo de autosostenimiento de los 2,000 o más sindicalistas de provincias que permanecerán en Lima, durante los días de esta lucha nacional.
9. En las provincias las bases de la CITE, CTE, UNASSE y otras, a partir de las 4 de junio, sobre la base de los sectores en Huelga, participarán activamente en todas las medidas de lucha.
El Comando Nacional Unitario de Lucha Estatal, queda ratificado que se convierte en la dirección de la lucha y su conformación ha quedado ratificado que lo integran los secretarios generales de CITE – CTE – UNASSE, los secretarios generales de cada una de las Federaciones y/o Sindicatos Nacionales de cada una de estas Confederaciones, los Secretarios Generales y/o Responsables de los organismos regionales, así como los secretarios generales de los sindicatos de Lima Metropolitana.
Esta instancia de dirección evaluará día a día esta innovada modalidad de lucha que implementaremos, así como lo realizamos en el periodo pasado reciente y fiscalizará si todos los sectores, tal como rezan nuestros acuerdos estamos cumpliendo.
¡EXIGIMOS LA INSTALACIÓN INMEDIATA DE LA MESA DE DIALOGO!
¡NO IMPORTA CUÁN GRANDE SEA LA DECISIÓN POLÍTICA DEL RÉGIMEN Y SUS ALIADOS, EL BANCO MUNDIAL Y LOS SECTORES QUE OSTENTAN EL PODER ECONÓMICO DEL PAÍS, SI SEGUIMOS GOLPEÁNDOLA, ESTAMOS CONVENCIDOS, QUE SE HARÁ PEDAZOS!
¡LA VICTORIA ES DE LOS PERSEVERANTES!
¡UNIDAD PARA LUCHAR, UNIDAD PARA VENCER!
¡SIN LUCHAS NO HAY VICTORIAS!
COMITÉ NACIONAL UNITARIO DE LUCHA ESTATAL CITE – CTE – UNASSE
Atentamente,
WINSTON HUAMÁN HENRÍQUEZ DOMINGO CABRERA TORO
Secretario General Colegiado CITE Secretario General Colegiado CTE
ANA MARÍA LIZARRAGA MEJÍA
Secretaria General UNASSE