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viernes, 3 de diciembre de 2010

El 30 de diciembre se emitirán resoluciones de nombramiento de auxiliares de educación





jueves, 02 de diciembre de 2010
Así lo dispone reglamento aprobado por el Ministerio de Educación y publicado hoy en el diario El Peruano.

Las resoluciones de nombramiento de los auxiliares de las escuelas y colegios del Estado serán emitidas a más tardar el 30 de diciembre del presente año, indicó hoy el viceministro de Gestión Institucional, Víctor Raúl Díaz Chávez.


Dijo que así lo dispone la sexta disposición complementaria y final del Reglamento para el nombramiento de auxiliares en las instituciones de Educación Básica Regular (EBR) y Educación Básica Especial (EBE), aprobada por el Ministerio de Educación y publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

Señaló que para ello, se ha dispuesto que las instancias descentralizadas del sector, deben garantizar que los trámites administrativos de fedateado de documentos, inscripción de los postulantes y presentación de expedientes sean totalmente gratuitos.

En ese sentido, el viceministro afirmó que las Direcciones Regionales de Educación (DRE), Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y los gobiernos locales comprendidos en la Municipalización de la Gestión Educativa, son responsables de la ejecución del proceso.

Díaz Chávez agregó, que de acuerdo a la norma, el auxiliar de educación nombrado en este proceso, tendrá un plazo máximo de cinco días, a partir de emitida la resolución que lo nombra, para tomar posesión de cargo. En caso contrario se dejaría sin efecto el referido nombramiento, concluyó.

Según la Resolución Ministerial Nro. 0353-2010-ED, entre los requisitos solicitados a los postulantes figuran que debe acreditar estudios superiores concluidos o no; contar con vínculo laboral al 31 de diciembre del 2009 en plaza orgánica vacante de Auxiliar de Educación.

Asimismo, acreditar al 31 de diciembre del 2009, no menos de dos años de servicios continuos o acumulados en dicho cargo, en instituciones educativas públicas. Se considerará como un año, cada periodo acumulado de 10 meses de trabajo efectivo como auxiliar de educación.

Los cargos de auxiliar de educación están considerados sólo en los niveles de Inicial y Secundaria de las instituciones de EBR, así como de Inicial y Primaria de las escuelas y colegios de EBE.
 
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