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domingo, 21 de agosto de 2011

PENSIONISTAS PERUANOS Y OLLANTA



PENSIONISTAS PERUANOS Y OLLANTA

 

UBALDO TEJADA GUERRERO – Analista Global – utguerrero31@yahoo.es


Son 21 años de neoliberalismo en el Perú, son 21 años de política anti pensionaria, implementada por los gobiernos de Fujimori, Paniagua, Toledo y García, que se expresaron en cuatro hechos sustanciales: primero, la modificación de los artículos 11, 103 y la primera disposición transitoria final de la Constitución de 1,993 que conculcaron los derechos pensionarios; segundo, el incumplimiento del D.U. Nº 37-94, D.L. 056 y 065, subsidio por luto y pago por sepelio, pago por 25 y 30 años de servicios, pago por refrigerio y movilidad; tercero, ley Nº 28449 que congeló y devaluó las pensiones, estableciendo irrisorios aumento de 0.85 céntimos por día, para aquellos que cumplan 65 años de edad; y cuarto, destrucción del I.P.S.S. creando ESSALUD para una pésima atención, y trasladando a la ONP a los pensionistas de la ley Nº 19990.

Han sido 21 años de despidos masivos de trabajadores, se destruyó y corrompió el Estado, se privatizó todo, reduciendo al derecho humano a una pensión, a una mercancía sujeta a la los vaivenes de la voracidad de las administradoras privadas de las AFP´s, donde los aportes de los trabajadores pasaron a jugarse en las bolsas de valores de los EE.UU., pero no las ganancias de los administradores que con jugosas comisiones, siguieron invirtiendo en sus empresas privadas.

El 19 de agosto de 2,006, la Confederación de Pensionistas y Jubilados del Perú (CONADEPEN), en su I Congreso Nacional, aprobó su plataforma de propuestas, que levanta en su primer punto, el exigir la restitución de la vigencia de la Constitución de 1,979, por cuyos principios y valores juramentaron el Presidente Ollanta y sus vice presidentes, solamente así se respetará la intangibilidad de los derechos adquiridos en materia pensionaria laboral y social, dejando sin efecto los dispositivos legales desconocidos en la Constitución de 1,993, modificada en noviembre del 2004. El camino a una reforma constitucional es imperativo ético y humano en el Perú.

Recordemos que Ollanta, antes de ser Presidente se reunió con la CONADEPEN, en la Casa del Maestro de Lima (ANCIJE), y ofreció reivindicar los derechos pensionarios conculcados por el neoliberalismo. Hoy la CONADEPEN está convocando a sus bases a la Asamblea Nacional Extraordinaria de Delegados, a realizarse el 15 de septiembre del 2011, en la ciudad de Lima, donde analizarán la coyuntura política post electoral y los pensionistas, el plan de lucha hasta el 31 de diciembre del 2011 y la ratificación de su petitorio nacional de reivindicación.

Las directivas son claras: fortalecer las coordinadoras regionales de pensionistas en todo el Perú, entregando el Petitorio Nacional a los gobiernos regionales y comprometiendo a los congresistas a solucionar la problemática pensionaria, y especialmente a la aprobación del Proyecto de Ley pensionaria Nº 1336 que se encuentra durmiendo el sueño de los justos en la Comisión de Seguridad Social. El pueblo votó por el cambio, votó por el fin del neoliberalismo.

Los pensionistas del Perú, han planteado su Proyecto de Ley, que tiene por objetivo normar el otorgamiento de pensiones y homogenizar los Regímenes Pensionarios normados por los Decretos Leyes  19990, 20530 y 188846, pero fundamentalmente crear el Consejo Directivo de la ONP por 3 representantes del Estado, dos de los trabajadores y dos de los pensionistas, designados por sus respectivas organizaciones de carácter nacional de nivel superior, cuya representatividad mayoritaria deberá ser acreditada ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Especial atención es la difusión y exigencia de dos normas: la primera, el cumplimiento de la Ley Nº 29702, publicado en el diario "El Peruano", con fecha 07 de junio del 2011, que dispone el pago de la bonificación ordenada por el D.U. Nº 037-94, de acuerdo a los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional; y la segunda, la Resolución de Sala Plena Nº 001-2011 del Tribunal de Servicio Civil, que dispone la aplicación de la remuneración total para el cálculo de subsidios y pagos por luto, sepelio, 20, 25, y 30 años de servicio y otros.

En otras entregas seguiremos desarrollando el Petitorio Nacional de los Pensionistas del Perú.


24 DE JULIO: V ASAMBLEA NAC. DE DELEGADOS DEL SUTEP(LIMA)
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