El ministro de Educación, José Antonio Chang Escobedo, dijo hoy que es totalmente indispensable que el Perú, en cautela de más de ocho millones de escolares, tenga una norma legal que permita alejar de las aulas de las instituciones educativas a los docentes condenados por los delitos de terrorismo y violación sexual.
"Es necesario y vital salvaguardar la buena y sana formación de nuestros niños y niñas. Con el terrorismo se pone en riesgo todo esto", agregó el ministro durante una visita realizada al Colegio Emblemático Alfonso Ugarte, en el distrito de San Isidro.
Chang Escobedo señaló que es responsabilidad de su despacho cautelar los derechos de niños y niñas, para que en las aulas escolares no exista la posibilidad de estar sometidos a una ideología violenta como es la que practicó y practica el terrorismo.
Creo que poner a estos maestros, así hayan cumplido su condena, en labores administrativas y alejados de las aulas de nuestras escuelas, no viola el derecho que ellos tienen al trabajo, agregó Chang Escobedo.
Indicó, que es discutible que un preso que ha cumplido su condena por el delito de terrorismo este re-socializado. Hemos visto que dentro de los mismos penales hacen proselitismo político, que sus celdas se han convertido en pequeñas escuelas, de donde salen más convencidos de su ideología violentista, preciso el ministro.
Al respecto, subrayó que en un supuesto conflicto entre los derechos de los escolares y de los terroristas liberados, prevalece el derecho de los más débiles, en este caso el de más de estudiantes y no de los sentenciados por terrorismo, quienes podrán realizar tareas pero alejados de la pedagogía, como es el caso de los violadores que no podrán regresar a las aulas nunca más.
En Lima se habla de unos 34 casos que deben haber sido ya retirados y en provincias un promedio de 40 y algo más. Son las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), las deben informar de estos y otros casos.
El último viernes venció el plazo para que las autoridades educativas de cada región del país dispongan, bajo su entera responsabilidad, la aplicación de las medidas administrativas previstas en el decreto supremo Nro. 019-2010-ED que, entre otras cosas, establece la sanción antes mencionada.
"Es necesario y vital salvaguardar la buena y sana formación de nuestros niños y niñas. Con el terrorismo se pone en riesgo todo esto", agregó el ministro durante una visita realizada al Colegio Emblemático Alfonso Ugarte, en el distrito de San Isidro.
Chang Escobedo señaló que es responsabilidad de su despacho cautelar los derechos de niños y niñas, para que en las aulas escolares no exista la posibilidad de estar sometidos a una ideología violenta como es la que practicó y practica el terrorismo.
Creo que poner a estos maestros, así hayan cumplido su condena, en labores administrativas y alejados de las aulas de nuestras escuelas, no viola el derecho que ellos tienen al trabajo, agregó Chang Escobedo.
Indicó, que es discutible que un preso que ha cumplido su condena por el delito de terrorismo este re-socializado. Hemos visto que dentro de los mismos penales hacen proselitismo político, que sus celdas se han convertido en pequeñas escuelas, de donde salen más convencidos de su ideología violentista, preciso el ministro.
Al respecto, subrayó que en un supuesto conflicto entre los derechos de los escolares y de los terroristas liberados, prevalece el derecho de los más débiles, en este caso el de más de estudiantes y no de los sentenciados por terrorismo, quienes podrán realizar tareas pero alejados de la pedagogía, como es el caso de los violadores que no podrán regresar a las aulas nunca más.
En Lima se habla de unos 34 casos que deben haber sido ya retirados y en provincias un promedio de 40 y algo más. Son las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), las deben informar de estos y otros casos.
El último viernes venció el plazo para que las autoridades educativas de cada región del país dispongan, bajo su entera responsabilidad, la aplicación de las medidas administrativas previstas en el decreto supremo Nro. 019-2010-ED que, entre otras cosas, establece la sanción antes mencionada.
Fuente: minedu.gob.pe